Guía del DeCA

¿Quién está obligado al DeCA? Exenciones, responsables y casos especiales

No todo transporte necesita el DeCA, y la norma no dice quién tiene que generarlo materialmente. Aquí está la respuesta oficial, resumida de la FAQ del Ministerio de Transportes: quién sí, quién está exento y quién responde si falta.

Actualizado: 6 de julio de 2026

La regla general

El DeCA es exigible en todo transporte público de mercancías por carretera —es decir, por cuenta ajena— en el interior de España: transporte nacional y cabotaje (art. 222 del ROTT). Da igual el sector y da igual la provincia.

Si el camión cruza una frontera, el documento es otro: la carta de porte de los convenios internacionales. Tienes la comparación en DeCA o CMR: cuál necesitas.

Quién está exento

  • Transporte privado complementario: si llevas mercancía de tu propia empresa con tus vehículos y tus conductores, no necesitas DeCA (art. 1 de la Orden FOM/2861/2012). Sí debes llevar a bordo documentación que acredite que la mercancía pertenece a la empresa y que vehículo y conductor están integrados en su organización (art. 102.2 de la LOTT).
  • Servicios de paquetería: exentos por el art. 2 de la Orden cuando la recogida o el reparto consiste en un número reducido de bultos que una persona puede manipular sin más ayuda que las herramientas del vehículo.

La digitalización no cambia las exenciones: quien no hacía documento de control en papel sigue sin tener que hacerlo, y quien lo hacía, desde el 5 de octubre de 2026 lo hace en digital.

¿Quién lo emite: el cargador o el transportista?

La Orden no especifica quién debe generar materialmente el documento, pero obliga a los dos a formalizarlo: el cargador contractual (quien contrata el porte) y el transportista efectivo (quien lo realiza). Ambos son responsables de que el DeCA vaya a bordo del vehículo, salvo que el cargador pruebe que el documento fue emitido, en cuyo caso queda eximido.

En la práctica, lo emite quien tiene la herramienta. DeCAchat trabaja con los dos perfiles: cargadoras que emiten el DeCA de todos sus portes —también los de transportistas subcontratados o camiones de un solo viaje— y transportistas que emiten los suyos con una nota de voz del conductor.

Subcontratación: quién es quién

Transportista efectivo es el titular de la autorización con la que se realiza materialmente el transporte. Cargador contractual es quien contrata directamente con él: puede ser el dueño de la mercancía, pero también otro transportista, una cooperativa, una agencia de transporte, un transitario o un operador logístico.

Por eso, si el transportista A subcontrata un envío al transportista B, a efectos del DeCA B es el transportista efectivo y A pasa a ser el cargador contractual. Las responsabilidades recaen siempre en el último de la cadena y en quien le contrata.

¿Se pueden agrupar varios envíos en un DeCA?

Sí. Se pueden documentar varias cargas o descargas en un mismo DeCA siempre que coincidan el cargador contractual y el transportista efectivo en todos los envíos y los datos de cada envío estén perfectamente identificados. El orden en que aparezcan no implica secuencia de ejecución.

Casos especiales

  • Mercancías peligrosas (ADR): son dos obligaciones documentales distintas — el documento de transporte del ADR y el DeCA. Pueden ir separados o agrupados en un solo documento; si se agrupan, el conjunto debe cumplir los requisitos electrónicos del DeCA (y no necesita firma).
  • Formato libre: el DeCA es de libre edición (art. 5 de la Orden). Puede usarse el formato de la carta de porte, del CMR, del documento de residuos o del SANDACH, siempre que incluya todos los datos del art. 6 e identifique de forma expresa al cargador contractual y al transportista efectivo.
  • Cambio de vehículo a mitad de servicio: debe hacerse constar en el propio documento de control.

Preguntas frecuentes

¿Hay que registrarse en alguna plataforma del Ministerio o subir allí los DeCA?+

No. El DeCA no es una aplicación del Ministerio y no existe un registro central: cada empresa lo gestiona con software propio o de un proveedor, y los PDF deben quedar en un repositorio disponible para descarga por las autoridades ante un control. DeCAchat es ese repositorio: cada documento queda accesible por su QR al menos 1 año.

¿Hay que certificar u homologar la aplicación con la que emito el DeCA?+

No. El Ministerio confirma que las aplicaciones del DeCA no se certifican (la confusión viene de las plataformas eFTI, que sí tendrán certificación). Lo que debe cumplir es el fichero: PDF nativo, QR de descarga directa, metadatos de creación… Los requisitos, en cómo hacer el DeCA.

¿El DeCA aplica también a los autobuses?+

No: en viajeros el documento equivalente es la hoja de ruta (Orden FOM/1230/2013), que también deberá ser digital desde la misma fecha. El DeCA es el documento de control de mercancías.

¿Y si hago transporte internacional?+

La obligación del 5 de octubre de 2026 es del DeCA, para transporte interior. El transporte internacional sigue rigiéndose por sus convenios (CMR), y el eCMR no pasa a ser obligatorio en esa fecha. Más en DeCA o CMR.

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